JEPYTASO MUJER


Productoras de la agricultura familiar, las micro, pequeñas y medianas  empresas, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 7444/2025 para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; las asociaciones, cooperativas y otras formas de organización que los nuclean, pudiendo ser personas físicas (cuentapropistas y profesionales independientes) o personas jurídicas y empresas unipersonales debidamente formalizados, lideradas por mujeres o propiedad de las mismas.


Se priorizará la inclusión financiera de mujeres, como productoras y emprendedoras con interés de proveer de productos y servicios al Programa Hambre Cero.


DESTINO: Los sectores económicos objeto de los créditos podrán ser Agropecuario, Forestal, Industrial, Artesanal, Agroalimenticio, Comercio y Servicios.

Los recursos del crédito, podrán ser destinados a capital de trabajo y/o inversión productiva, actividades agrícolas, ganaderas, forestales, artesanales, comerciales de servicios, industriales y otros. Este listado es enumerativo no taxativo, pudiendo financiarse operaciones que técnicamente se considere pertinente, y estén relacionados con el mercado objetivo y/o actividad productiva.


REQUISITOS:  uno de los principales, para clientas formalizadas, deberá presentar las Declaraciones Juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondientes al Formulario 120 de los últimos 12 meses; o por un período menor, en caso de que la actividad económica tenga menos de un año de antigüedad.


MONTO


a) Microempresas y productora de la agricultura familiar:  hasta Gs. 450.000.000 (guaraníes cuatrocientos cincuenta millones).

b) Pequeñas empresas y productora de la agricultura familiar:  hasta Gs. 1.250.000.000 (guaraníes mil doscientos cincuenta millones).

c) Medianas Empresas y productora de la agricultura familiar:  hasta Gs. 2.000.000.000 (guaraníes dos mil millones).

d) Profesional Independiente, cuentapropista y productora de la agricultura familiar formalizada:  hasta Gs. 450.000.000 (guaraníes cuatrocientos cincuenta millones).


TASAS


INTERÉS: 9 % anual sobre saldo.

PUNITORIA: 2,7 % anual sobre saldo.


PLAZOS:   Acorde al flujo de caja de la actividad generadora de ingresos. Siendo los plazos máximos:

- Capital Operativo:  hasta 3 años (36 meses), incluido período de gracia.

- Inversión: hasta 10 años (120 meses), incluyendo período de gracia si lo tuviere.


GARANTÍA:   Fondo de Garantía para las MUJERES (FOGAMU).